Trabajos prohibidos para personas con diabetes: qué dice la ley y qué tener en cuenta
17.11.2025
Índice de contenidos:
- ¿Puede una persona con diabetes trabajar en cualquier empleo?
- ¿Existen trabajos prohibidos para personas con diabetes?
- Derechos laborales de las personas con diabetes
- Tiempo de baja por diabetes: lo que permite la ley
- Recomendaciones para empleadores y trabajadores
- Cómo garantizar una integración laboral sin discriminación
Vivir con diabetes no debería ser un obstáculo para desarrollar una carrera profesional plena. Sin embargo, en algunos contextos laborales todavía surgen dudas (e incluso restricciones) sobre si una persona con esta condición puede desempeñar determinados trabajos. En España, la legislación busca equilibrar la seguridad laboral con el derecho al empleo sin discriminación, pero existen matices importantes que conviene conocer.
A continuación, te explicamos qué dice la ley, qué trabajos pueden presentar limitaciones reales y cuáles son los derechos laborales de las personas con diabetes.
¿Puede una persona con diabetes trabajar en cualquier empleo?
Diabetes como condición médica: tipo 1, tipo 2 e implicaciones laborales
La diabetes, ya sea tipo 1 o tipo 2, implica una alteración en la forma en que el cuerpo regula el azúcar en sangre. En el ámbito laboral, las implicaciones dependen sobre todo del grado de control glucémico, del tratamiento y de la naturaleza del puesto de trabajo.
Una persona con diabetes bien controlada puede desempeñar prácticamente cualquier función. No obstante, existen entornos de riesgo como son los trabajos en altura, manejo de maquinaria pesada o conducción profesional donde una hipoglucemia repentina podría comprometer la seguridad propia o de terceros.
Diferencia entre limitaciones médicas y restricciones legales
Es fundamental distinguir entre dos conceptos:
- Limitaciones médicas: recomendadas por el médico o el servicio de prevención según el estado de salud del trabajador. No implican prohibición legal, sino medidas preventivas o adaptaciones del puesto.
- Restricciones legales: aparecen reguladas expresamente en normas o convocatorias oficiales. Por ejemplo, algunos cuerpos de seguridad o fuerzas armadas establecen exclusiones médicas específicas para ciertas patologías, entre ellas la diabetes tipo 1.
¿Existen trabajos prohibidos para personas con diabetes?
Casos reales y situaciones laborales más comunes
En la práctica, las restricciones no son tan amplias como a veces se cree. La mayoría de las empresas privadas valoran la capacidad funcional del trabajador y no la enfermedad en sí. Sin embargo, sí se han documentado casos en los que la diabetes mal controlada ha supuesto un obstáculo temporal para desempeñar tareas críticas, especialmente en sectores como:
- Transporte profesional (camiones, trenes, aviación).
- Trabajos en altura o con maquinaria peligrosa.
- Cuerpos de seguridad, bomberos o fuerzas armadas.
- Profesiones con turnos nocturnos o sin posibilidad de pausas regulares.
Profesiones restringidas por normativa o riesgo directo
En España, no existe una “lista general” de trabajos prohibidos para diabéticos. Las limitaciones derivan de normativas sectoriales o de evaluaciones médicas específicas.
Por ejemplo, el Reglamento de Conductores (Real Decreto 818/2009) establece requisitos de aptitud psicofísica para la obtención y renovación del permiso de conducir, incluyendo la diabetes insulinodependiente en ciertos supuestos.
Asimismo, en actividades de riesgo especial (reguladas por el Real Decreto 39/1997 del Reglamento de los Servicios de Prevención), el médico del trabajo puede determinar una no aptitud temporal si existe peligro objetivo.
Exclusiones en oposiciones o empleo público: situación actual
Históricamente, algunas oposiciones incluían la diabetes tipo 1 como causa de exclusión. Sin embargo, la jurisprudencia reciente ha ido eliminando muchas de estas limitaciones, salvo en casos donde el riesgo es evidente y no se puede compensar mediante adaptaciones razonables.
Por ejemplo, el Tribunal Supremo ha señalado que excluir automáticamente a una persona con diabetes puede ser discriminatorio si no se valora su situación individual y el grado de control de la enfermedad.
Derechos laborales de las personas con diabetes
Tener diabetes no puede ser motivo de despido ni de exclusión injustificada en un proceso de selección. En España se recogen unos derechos laborales de los trabajadores y de prevención de riesgos que protege frente a cualquier trato discriminatorio por motivos de salud o discapacidad.
Protección frente a la discriminación laboral
La Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad (Real Decreto Legislativo 1/2013) y el Estatuto de los Trabajadores prohíben expresamente la discriminación por razones de enfermedad o condición médica.
Si la diabetes genera limitaciones significativas, puede reconocerse como discapacidad a efectos de protección laboral, acceso al empleo público o beneficios sociales.
Acceso al empleo y confidencialidad médica
El trabajador no está obligado a revelar su diagnóstico a la empresa, salvo cuando la información sea relevante para la seguridad laboral. En ese caso, la comunicación debe realizarse al servicio de prevención y no directamente al empleador, garantizando la confidencialidad médica.

Adaptaciones razonables del puesto de trabajo
El empresario tiene la obligación de realizar las adaptaciones necesarias para que la persona con diabetes pueda desarrollar su labor de forma segura: pausas para medir la glucosa, acceso a alimentos o bebidas, control de turnos, etc.
Estas medidas están contempladas en la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales.
Tiempo de baja por diabetes: lo que permite la ley
La diabetes, por sí sola, no es causa automática de incapacidad temporal. Sin embargo, pueden darse situaciones en las que los desajustes metabólicos o complicaciones derivadas requieran un periodo de baja médica. Si este tema te interesa, hemos escrito un artículo sobre el accidente laboral y baja médica.
Casos en los que se puede solicitar baja médica
La baja se concede cuando el médico considera que la persona no puede desempeñar sus funciones con normalidad. Esto puede deberse a:
- Episodios de hipoglucemias graves o frecuentes.
- Complicaciones o ajustes en el tratamiento.
- Necesidad de hospitalización o rehabilitación.
Duración estimada y reincorporación
La duración depende de la gravedad y evolución del cuadro. En general, los periodos de baja por diabetes son temporales y recuperables, y el trabajador puede reincorporarse una vez estabilizado su estado de salud.
En casos de complicaciones crónicas, se puede valorar la incapacidad permanente parcial o total, previa evaluación del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

Certificados, informes y procesos administrativos
El médico de atención primaria es quien emite el parte de baja y los sucesivos controles. Si se trata de un accidente o descompensación ocurrida en el trabajo, puede considerarse contingencia profesional, siempre que exista relación directa con la actividad laboral.
Recomendaciones para empleadores y trabajadores
Evaluación de riesgos laborales en personas con diabetes
El servicio de prevención debe analizar el puesto y valorar si existen riesgos específicos que requieran medidas adicionales. No se trata de excluir, sino de adaptar: pausas programadas, control de turnos o medidas ante emergencias médicas.
Formación, sensibilización y protocolos de emergencia
La formación y sensibilización del entorno laboral son esenciales. Compañeros y responsables deben conocer cómo actuar ante una hipoglucemia o hiperglucemia, sin alarmismo pero con eficacia.
Acomodaciones prácticas: pausas, horarios, refrigerios, etc.
Permitir pausas breves, disponer de alimentos o bebidas accesibles y facilitar el almacenamiento de insulina o glucómetros son medidas simples y efectivas para garantizar la seguridad y bienestar en el trabajo.
Cómo garantizar una integración laboral sin discriminación
Las personas con diabetes pueden desempeñar la mayoría de profesiones con total normalidad, siempre que exista un entorno laboral seguro, flexible y libre de prejuicios.
Las limitaciones legales son cada vez más escasas, y el marco normativo español refuerza la igualdad de oportunidades y la protección de la salud en el empleo. La clave está en la información, la prevención y la adaptación.
En Formación Prevención promovemos una cultura de seguridad inclusiva, donde cada trabajador pueda desarrollar su potencial sin barreras. Si te ha quedado alguna duda pendiente, o podemos ayudarte, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.